viernes, 30 de abril de 2010

Des caro

¡Qué estupenda, esclarecedora y concisa columna!

Es un capítulo más de la manipulación.

JULIO M. LÁZARO - Madrid - 22/04/2010

El juez instructor del Tribunal Supremo, Luciano Varela, dictó ayer dos resoluciones insólitas en las que orienta y explica a Manos Limpias y Falange sobre cómo subsanar los defectos que contienen sus respectivos escritos de acusación contra el juez Baltasar Garzón por la causa contra los crímenes del franquismo. El magistrado da a ambas acusaciones "el término de una audiencia", es decir, un día, para que subsanen los defectos y cumplan con los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Fuentes jurídicas consultadas ayer sobre estas resoluciones las calificaron como "lo nunca visto" en un proceso: "El instructor se dedica a corregir y orientar los escritos de las partes". Varela cita como precedente, sin más aclaraciones, el auto del Supremo de 19 de julio de 1997 que consideró "nulo e ineficaz" el escrito del abogado Juan Ramón Montero, y expulsó al Partido Popular como acusación del caso Filesa sobre financiación ilegal del PSOE. La nulidad fue automática, no se concedió al abogado ningún plazo de subsanación, y tuvo como efecto inmediato que quedaran fuera del proceso diez acusados.

Múltiples valoraciones

En esta ocasión, sin embargo, Varela advierte a Falange de que su escrito no se atiene "de manera notoria" a las obligaciones procesales, pues en vez de limitarse a la "descripción" de hechos, se extiende en múltiples "valoraciones", hace "constantes referencias a circunstancias personales" del acusado, e incluye otras ajenas al proceso como el "derecho al honor" de los falangistas.

En vez de declarar directamente nulo el escrito de Falange, como se hizo en 1997 con el del PP, Varela sugiere que retire acusaciones como que "Garzón se erige en juzgador de la historia y redentor del bando vencido", que su fundamentación estaba "cargada de un alto grado ideológico", y que no investigó hechos de los que quedan "presuntos responsables vivos, como Santiago Carrillo".

En el caso de Manos Limpias, la orientación de Varela es aún más notoria: les requiere para que retiren directamente "las páginas 2 a 7 de su escrito" por incluir hechos ajenos al objeto del proceso. Se trata del procedimiento relativo al archivo de la querella por los fusilamientos de Paracuellos del Jarama, que el propio Varela ordenó traer a la causa contra Garzón y que por eso Manos Limpias los incluyó en su escrito. También les pide retirar los folios 20 a 63 por resultar "extemporáneos".

viernes, 16 de abril de 2010

¡Vaya!

No contentos con hacer el ridículo enjuiciando a Garzón, los llamados jueces del Tribunal Supremo se disponen a meter la pata y explicar a los corresponsales extranjeros porque lo hacen y, seguramente, como se desenamoraron del juez y en qué sitio (...)

Un consejo, id con cuidado que esta clase de gentuza, periodistas de democracias consolidadas, están acostumbrados a preguntar i a preguntar en las ruedas de prensa.

[Articulo de Maruja Torres. El País 15-04-2010]

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Por otra parte, la Oficina de Comunicación del Tribunal Su­premo anunció ayer que al no disponer de medios para atender adecuadamente al casi cen­tenar de corresponsales extranjeros que han solicitado infor­mación sobre los procesos a Garzón, sólo entregará hoy una documentación escrita sobre los procesos contra aforados.

[J. M. L. El país 16-04-2010]

viernes, 9 de abril de 2010

Dimarts 23 de març a 19h

La violència com a forma d’expressió va tenir la seva presència entre el ramblerisme i contra ell. Del cas Papus al cas Escala, el Frap, el MIL, Terra Lliure, el FAC… fins al rebuig de la violència i la pena de mort.

Y van parlar, extensament, de el desenvolupament judicial d’aquests casos. De la falta total de garanties i respecte legal. De la arbitrarietat amb que es van fer judicis i sentencies.

Participants:

Magda Oranich
Carme Puig Antic
Carl
os Jiménez Villarejo

Moderador:

Enric Sopena

La mesa redonda fue muy interesante. Todos hablaron con gran conocimiento de causa y especialmente de los casos en los que habían intervenido como profesionales, como amigos o compañeros de los que habían intervenido en la defensa del caso o como testigos y victimas, tal el caso de Carmen Puig Antic.

Hablando al final del acto con Carlos Jiménez Villarejo le comenté que siempre se analizan estos acontecimientos procesales, criticándolos y condenándonos (desde hace tiempo hasta la actualidad), pero no se habla del modelo actual como continuación de la Inquisición (continuando muchos de sus vicios, despropósitos y aberraciones).

Companys merecía otra respuesta

CARLOS Jiménez Villarejo

EL PERIóDICO 05/04/2010

No es admisible que el fiscal general del Estado rehúse pedir la nulidad del juicio del ‘president’.

(…)Y la sentencia, como todas, absolutamente tendenciosa y parcial, se fundamentó en leyes que no estaban vigentes, sobre las funciones del Ejército respecto de «enemigos interiores y exteriores», o aplicó disposiciones para justificar la condena a muerte que jamás se podían haber aplicado. Un proceso que, como todos, fue instruido por jueces y fiscales militares que eran ilegítimos, dependientes y parciales. Para culminar con el fusilamiento del president democrático de la Generalitat republicana. Un proceso y una sentencia que, señor fiscal general, exigían una respuesta más valerosa y más justa.

PABLO SALVADOR CODERCH

EL PAÍS 05/04/2010

En nuestro sistema procesal histórico, que es el inquisitorial, el juez inquiere, no es un árbitro imparcial sino un investigador que ordena y dirige las pesquisas del caso. Esta tradición grava las maneras de hacer de nuestros jueces, pero la Audiencia Nacional las amplifica desmesuradamente por varias razones: el poder inmenso que sus órganos concentran, su especialización en el enjuiciamiento de hechos muy notorios y la propensión de algunos de sus jueces de instrucción a eternizarse en las plazas que ocupan, cuando no a ser devorados por el rol que interpretan.

IGNACIO SÁNCHEZ – CUENCA

EL PAÍS 23 / 03 / 2010

…en nuestro país hay tres instituciones judiciales con clara relevancia Política: el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo y el Consejo General del Poder

Judicial (CGPJ).

Recientemente, este periódico, (EL PAÍS), informaba sobre la composición de la Sala

Penal del Tribunal Supremo, encargada de resolver el asunto de Garzón y el de la red

corrupta del Partido Popular (Gürtel). De sus 15 miembros, uno fue nombrado en la

etapa de Felipe González, 10 en la de Aznar y cuatro en la de Zapatero.

Nueve de los 15 son claramente conservadores, entre ellos Adolfo Prego que tiene posiciones

filofranquistas. Si imponen sus tesis y condenan a Garzón y anulan las pruebas del caso Gürtel, ¿deben las instituciones representativas y la sociedad civil aceptar semejante abuso de poder en nombre del Estado de derecho y de la separación de poderes?